Ampliatorio

CRÉDITO:
AMPLIATORIO

Es el crédito que se otorga a socios con créditos vigentes, siempre y cuando hayan amortizado puntualmente, según su plan de pagos, el 50% de su crédito con conocimiento y autorización del garante(s); para créditos hipotecarios o con garantía hipotecaria solo es necesario amortizar el 30% del crédito.

Se podrá solicitar este tipo de préstamo como máximo en tres (03) ocasiones, si fuera la tercera ocasión se requiere la cancelación total del préstamo principal.

CRÉDITO:
HIPOTECARIO

Monto:

Tasa de Interés:

Plazo:

Garantías:

Las garantías estarán constituidas por las mismas garantías del crédito vigente o por cualquier otra garantía que cumpla las condiciones establecidas del presente reglamento.

Requisitos:

  • El crédito vigente debe tener como mínimo 50% pagado del monto desembolsado inicial.
  • Para créditos hipotecarios o con garantía hipotecaria solo es necesario amortizar el 30% del crédito.

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